Socializamos sobre la prevención y control de sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas

 

La Ordenanza 011-2020 “Prevención Integral, regulación y control del uso de drogas incluido el consumo de bebidas alcohólicas en los espacios públicos del cantón Riobamba”, contempla dos aspectos importantes: la prevención para atacar de raíz el problema de salud pública, en cuestiones de adiciones tanto de bebidas alcohólicas y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y por otro lado el control y la regulación del uso en el espacio público.

Esta nueva normativa, no solo busca sancionar sino darle un componente importante al tema de prevención, enfocándose a las nuevas alternativas y estrategias de sano esparcimiento que desde el Municipio de Riobamba se implementan, para evitar el consumo de bebidas alcohólicas y drogas, y generar conciencia en la ciudadanía.

La Red Interinstitucional de prevención de consumo de drogas y bebidas alcohólicas y la ciudadanía, se unen a la campaña y socialización de la Ordenanza 011-2020, llegando con mensajes de concientización a los diferentes locales comerciales.

Estas activaciones se desarrollan durante las festividades, además la Red Interinstitucional está conformada por la Unach, Espoch, Ministerio de Salud, Policía Nacional, Distrito de Educación Chambo – Riobamba, Consejo Cantonal de Protección de Derechos y Direcciones de Gestión del GADMR la misma que se reúne cada mes.

De acuerdo a la Ordenanza, existen las infracciones leves que se estipula en el artículo 19, que sanciona con una multa equivalente al 25% de un salario básico unificado por: Entregar gratuitamente bebidas alcohólicas por parte de personas naturales y jurídicas en cualquier espacio determinado como público; Consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos por parte de personas naturales o jurídicas en cualquier espacio determinado como público; Consumir bebidas alcohólicas en el interior de vehículos que se encuentren en espacios públicos del Cantón.

Las infracciones graves que se estipula en el artículo 20, sancionada con una multa equivalente al 50 % de un salario básico unificado por: Comercializar bebidas alcohólicas en los espacios públicos del cantón; Consumir sustancias sujetas a fiscalización en espacios públicos del cantón; Obstruir las actividades de control de las autoridades competentes.